Texto oficial
Artículo 3°.- Increméntase en un cargo la dotación máxima de personal de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería fijada en la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 1986.
Redúcese en un cargo, la dotación máxima de personal fijada en dicha ley a la Comisión Chilena del Cobre.