Texto oficial
Artículo 38.- El Registro Electoral, los padrones
electorales con carácter de provisorio y las nóminas
provisorias de inhabilitados serán sometidos a un proceso
de auditoría con el objeto de revisar y determinar si
contienen los antecedentes dispuestos por la ley. También
se revisarán los procedimientos, sistemas de información,
mecanismos de control y programas computacionales utilizados
en su elaboración.