Saltar al contenido

Artículo 16 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Sistemas de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral

Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29951 / 9232939.

Texto oficial

Artículo 16.- Dentro de los cinco primeros días de cada mes, el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior informará al Servicio Electoral las revocaciones de los permisos de residencia de extranjeros, ejecutoriadas dentro del mes anterior.