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Artículo 3 de la Ley 18.576 · Introduce modificaciones a la legislacion bancaria y financiera

Introduce modificaciones a la legislacion bancaria y financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29968 / 8697735.

Texto oficial

Artículo 3°.- Agrégase al artículo 18 del decreto ley N° 1.078, de 1975, el siguiente N° 9: "9.- Dictar las normas a que deberán sujetarse las empresas cuyo giro consista en la emisión de tarjetas de crédito o en la operación de cualquier otro sistema similar y que se encuentren bajo la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.".