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Artículo 5 de la Ley 18.576 · Introduce modificaciones a la legislacion bancaria y financiera

Introduce modificaciones a la legislacion bancaria y financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29968 / 8697737.

Texto oficial

Artículo 5°.- El artículo 80 bis y el párrafo 2° del Título XV de la Ley General Bancos, regirán desde el 1° de enero de 1987.