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Artículo 89 de la Ley 18.591

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29982 · idParte: 8758802

Texto oficial

Artículo 89.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda: a) En el artículo 3°: En el acápite de la Subdirección de Estudios, sustitúyese el vocablo "y" por una coma (,) y agrégase a continuación de ésta la frase: "Departamento de Avaluaciones y". En el acápite de la Subdirección Normativa, sustitúyese la coma (,) que figura despué