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Artículo 90 de la Ley 18.591

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29982 / 8758803.

Texto oficial

Artículo 90.- Intercálase, en el inciso tercero del artículo 29 del decreto ley N° 3.551, de 1980, entre las palabras "respecto" y "de", las siguientes: "de los escalafones de profesionales y".