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Artículo 102 de la Ley 18.591

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29982 / 8758815.

Texto oficial

Artículo 102.- Suprímese el artículo 28 del decreto ley N° 2.327, de 1978, y toda otra disposición legal que permita el nombramiento o contratación de personal en calidad de docente superior y docente propiamente tal, sin perjuicio de que las personas con título de profesor puedan ser nombradas o contratadas en empleos de los escalafones del Ministerio de Educación Pública, de acuerdo con la legislación vigente.