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Artículo 11 de la Ley 18.593 · Ley de los tribunales electorales regionales

Ley de los tribunales electorales regionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29984 / 8487708.

Texto oficial

Artículo 11.- El Tribunal Electoral Regional celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias, las que se realizarán en los días y horas que éste determine.