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Artículo 11 de la Ley 18.602 · Normas especiales para personal docente que indica

Normas especiales para personal docente que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29993 / 9047027.

Texto oficial

Artículo 11.- La dirección de los departamentos de educación de las municipalidades, sea cual fuere su denominación, y la de los departamentos de educación de las corporaciones y organismos que por cuenta de aquellas administren establecimientos educacionales, deberá ser ejercida preferentemente por profesores.