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Artículo 13 de la Ley 18.602 · Normas especiales para personal docente que indica

Normas especiales para personal docente que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29993 / 9047029.

Texto oficial

Artículo 13.- Todo empleo deberá ser provisto mediante concurso público de antecedentes o de oposición. Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior los contratos de reemplazo.