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Artículo 15 de la Ley 18.602 · Normas especiales para personal docente que indica

Normas especiales para personal docente que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29993 / 9047031.

Texto oficial

Artículo 15.- El personal docente que preste sus servicios en los establecimientos a que se refiere este Título, podrá permutar sus cargos docentes entre establecimientos dependientes de distintas municipalidades o corporaciones, con el asentimiento de los respectivos empleadores.