Texto oficial
Artículo 3°.- Las bonificaciones a que se refiere esta ley, no serán consideradas remuneraciones ni rentas para ningún efecto legal; en consecuencia, no serán imponibles ni tributables y no estarán afectas a descuento alguno.
Establece normas para el pago de la bonificacion que indica y modifica ley n° 18.602
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30009 / 5989527.