Texto oficial
Artículo 3°.- Los retazos eliminados se inscribirán a nombre de la Empresa de Comercio Agrícola, bastando para ello el solo requerimiento de este organismo. Estas inscripciones estarán exentas de toda clase de derechos.
Deja sin efecto transferencia de bienes que indica efectuada por aplicacion del articulo 14 de la ley n° 18.091
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30032 / 5989617.