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Artículo 24 de la Ley 18.690 · Establece ley sobre almacenes generales de deposito

Establece ley sobre almacenes generales de deposito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30072 / 7184778.

Texto oficial

Artículo 24.- Los delitos que cometan los dependientes del almacenista en el desempeño de sus obligaciones afectarán solidariamente la responsabilidad civil de este último.