Texto oficial
Artículo 5°.- El artículo 2° se aplicará a todas las pensiones de montepío.
Modifica articulo 2° de la ley n° 18.263, establece normas de reajuste de pensiones que indica y sustituye normas que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30076 / 7184821.