Texto oficial
Artículo 3º bis.- De los Postulantes. A las
licitaciones públicas de uso de vías para prestar
servicios de transporte público mayor, podrán presentarse
personas jurídicas. En las licitaciones de servicios con
otros tipos de vehículos podrán presentarse personas
naturales, que cumplan los requisitos y exigencias que
establezcan las respectivas bases de licitación. Para
participar en el proceso, será necesario garantizar la
seriedad de la propuesta en la forma, monto y condiciones
que establezcan las bases de licitación, salvo en el caso
de servicios individuales de servicios de pasajeros.