Texto oficial
Artículo 150.- Sólo procederá el indulto general o la
amnistía en favor de los condenados o imputados en virtud
de esta ley.
Ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30082 / 8602304.