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Artículo 10 de la Ley 18.717 · Reajusta remuneraciones del sector publico

Reajusta remuneraciones del sector publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30098 / 8780175.

Texto oficial

Artículo 10.- Intercálase, en el N° 14 del artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, a continuación de la palabra "alimentación" el vocablo "movilización" precedido de una coma (,).