Texto oficial
Artículo 7°.- Los aportes fiscales, directos e
indirectos, y el fondo de crédito universitario que
corresponde al Instituto Profesional de Chillán y a la
Universidad de Bío-Bío y a sus respectivos alumnos,
establecidos en conformidad al decreto con fuerza de ley N°
4, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, los
artículos 70 y siguientes de la ley N° 18.591, y demás
disposiciones pertinentes, corresponderán a la Universidad
del Bío-Bío y a sus respectivos alumnos.