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Artículo 39 de la Ley 18.755

Establece normas sobre el servicio agricola y ganadero, deroga la ley n° 16.640 y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30135 · idParte: 8453363

Texto oficial

Artículo 39.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 42 del decreto ley N° 3.557, de 1980, el guarismo "76" por "5".