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Artículo 89 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751847.

Texto oficial

Artículo 89.- Derógase el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 7.200 y el artículo 6° del decreto con fuerza de ley N° 88, de Hacienda, de 1953.