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Artículo 101 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751860.

Texto oficial

Artículo 101.- Introdúcense, en las plantas de los Servicios que se señalan, las modificaciones que se indican: A) Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda: 1) Suprímense, en el Escalafón Profesionales y Técnicos Universitarios, los dos cargos de Profesionales Grado 13° E.U.R. 2) Créase, en el Escalafón de Jefaturas A, un cargo de Nivel I, grado 9° E.U. R. y en el Escalafón de Jefaturas B, un cargo de Nivel II, grado 13 E.U.R. B) Dirección de Presupuestos: 1) Créase, en el Escalafón Directivos de la Planta de la Subdirección de Presupuestos, un cargo Nivel III, grado 8° E.U.R. 2) Suprímense, en la Planta de la Subdirección de Racionalización y Función Pública, un cargo de Técnico Universitario- Nivel I, Grado 14° E.U.R. del Escalafón de Profesionales y Técnicos Universitarios, y un cargo Nivel II, Grado 31° E.U.R. del Escalafón de Auxiliares. C) Sevicio de Impuestos Internos: 1) Transfórmanse, a contar del 1° del mes siguiente a la fecha de publicación de esta ley, quince cargos Directivos, grado 7°, en quince cargos Directivos IV, grado 5°; el cargo Directivo IX, grado 10° que se sirve en la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro, en un cargo Directivo VII, grado 8°, y quince cargos Directivos XI, grado 12°, en quince cargos Directivos IX, grado 10°. Todos estos cargos continuarán siendo desempeñados por las personas que actualmente los sirven, y 2) Créanse tres cargos Profesionales II, grado 5°, y suprímense tres cargos Fiscalizadores IV, grado 14°. D) Dirección de Aprovisionamiento del Estado: 1) Suprímese en el Escalafón de Jefaturas A el cargo de Jefe Departamento Personal Nivel I, Grado 9° E.U.R. Trasládase, sin solución de continuidad, al funcionario que ocupa este cargo, al del Escalafón de Jefaturas A, Nivel I, grado 9° E.U.R. que este artículo crea en la Planta de la Secretaría Y Administración General del Ministerio de Hacienda, y E) Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras: Créase, en el Escalafón de Profesionales, 15 nuevos cargos: 3 grado 4°, 3 grado 5°, 3 grado 6°, 3 grado 7° y 3 grado 8°.