Texto oficial
Artículo 5°.- Todos los actos, contratos,
publicaciones, inscripciones y subinscripciones que tengan
por objeto llevar a cabo la transferencia de los activos y
pasivos o bienes de cualquier naturaleza desde la Empresa
Marítima del Estado a la sociedad anónima a que se refiere
esta ley y los originados por la constitución de esta
última, estarán exentos de todo impuesto o derecho.