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Artículo 6 de la Ley 18.773 · Transforma la empresa maritima del estado en sociedad anonima

Transforma la empresa maritima del estado en sociedad anonima

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30152 / 8286128.

Texto oficial

Artículo 6°.- Las inscripciones y anotaciones existentes a nombre de la Empresa Marítima del Estado sobre bienes raíces, naves, vehículos u otros, se entenderán vigentes a favor de "EMPREMAR S.A.", por el sólo ministerio de la ley y las subinscripciones y anotaciones que procedan deberán ser practicadas con la sola presentación de copia autorizada del decreto que le asigne dichos bienes.