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Artículo OCTAVO de la Ley 18.776

Dispone adecuacion del poder judicial a la regionalizacion del pais y fija territorios jurisdiccionales de los tribunales y demás servicios judiciales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30155 / 8732588.

Texto oficial

Artículo octavo.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo: 1.- Reemplázase, en el artículo 383, la expresión "los departamentos" por "las comunas o agrupaciones de comunas"; 2.- Modifícase el artículo 384 en la siguiente forma: a) Suprímese en el inciso primero la oración: "que funcionará en la respectiva capital"; b) Reemplázase en los incisos primero y segundo la frase "en cada uno de los departamentos" por la siguiente: "con asiento en cada una de las comunas"; c) Reemplázase en el inciso tercero, la expresión "en el departamento Presidente Aguirre Cerda" por "con asiento en la comuna de San Miguel", y d) Reemplázase en el inciso cuarto, la expresión "en el departamento" por "con asiento en la comuna"; 3.- Reemplázase en el artículo 385 la frase "las ciudades" por "las comunas"; 4.- Modifícase en el artículo 386 la palabra "ciudad" por la palabra "comuna"; 5.- Modifícase el artículo 388, reemplazándose la palabra "ciudad" por "comuna" y la frase "ciudad cabecera de departamento", por "comuna"; 6.- Sustitúyese el artículo 391 por el siguiente: "Artículo 391.- En las comunas que no sean territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras del Trabajo, conocerán, de las materias señaladas en el artículo precedente, los juzgados de Letras en lo Civil.", y 7.- Modifícase el artículo 398 en la siguiente forma: a) Reemplázanse en su inciso primero las expresiones "los departamentos de Presidente Aguirre Cerda, San Bernardo y Puente Alto", por "las comunas de San Miguel, San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, San Bernardo, Calera de Tango, Puente Alto, San José de Maipo y Pirque", y b) Reemplázanse en su inciso segundo las frases "del departamento Presidente Aguirre Cerda" y "los departamentos" por las siguientes: "de San Miguel" y "las comunas", respectivamente.