Texto oficial
Artículo 3°.- La Empresa Metropolitana de Obras
Sanitarias S.A. será la continuadora legal de la Empresa
Metropolitana de Obras Sanitarias y la Empresa de Obras
Sanitarias de Valparaíso S.A. será la sucesora legal de la
Empresa de Obras Sanitarias de la V Región, a contar de la
fecha en que inicien su existencia legal.