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Artículo TERCERO de la Ley 18.814

Modifica decreto con fuerza de ley n° 251, de 1931; del ministerio de hacienda, sobre compañias de seguros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30191 / 8592442.

Texto oficial

Artículo Tercero.- Modifícase el decreto ley N° 1.092, de 1975, sustituyendo la letra e) del artículo 4° por la siguiente: "e) 40% en acciones de sociedades anónimas abiertas, que tengan transación bursátil y se encuentren clasificadas como acciones de primera clase, salvo aquellas de sociedades administradoras de fondos de pensiones o de fondos mutuos, de instituciones de salud previsional, de entidades aseguradoras, de sociedades deportivas o educacionales y de aquellas cuyo objeto sea la prestación de beneficios de carácter social a sus accionistas."