Texto oficial
Artículo 55.- La asesoría jurídica estará a cargo de
un fiscal, que deberá ser abogado.
El cargo de fiscal será de exclusiva confianza del
directorio.
Establece un nuevo estatuto general para las cajas de compensacion de asignacion familiar (c.c.a.f.), sustitutivo del actual contenido en el decreto con fuerza de ley n° 42, de 1978, del ministerio del trabajo y prevision social
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