Texto oficial
Artículo 4°.- Deróganse los artículos 8° al 14 inclusive, del decreto con fuerza de ley N° 30, de 1983, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido de la Ordenanza de Aduanas y los números 22, 23, 25, 26 y 32 del artículo 4°, de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, deróganse las disposiciones legales y reglamentarias vigentes las expresiones "Mayor" y "Menor" referidas a los vocablos puertos y aduanas.