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Artículo 3 de la Ley 18.893 · Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30266 / 8623701.

Texto oficial

Artículo 3.°- Las organizaciones comunitarias no podrán perseguir fines de lucro y deberán respetar la posición religiosa y política de sus integrantes, quedándoles prohibida toda propaganda, campaña o acto proselitista.