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Artículo 32 de la Ley 18.893 · Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30266 · idParte: 8623737

Texto oficial

Artículo 32.°- Para ser miembro de una organización comunitaria se requerirá tener a lo menos 18 años de edad y residencia o domicilio en la comuna o unidad vecinal, según el caso.