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Artículo 38 de la Ley 18.893 · Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30266 · idParte: 8623745

Texto oficial

Artículo 38.°- Las organizaciones comunitarias no podrán obtener autorización para expendio de bebidas alcohólicas.