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Artículo 36 de la Ley 18.899

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30271 · idParte: 8740439

Texto oficial

Artículo 36.- Reemplázase en el inciso final del artículo transitorio 1.° bis del decreto ley N.° 1.519, de 1976, agregado por el artículo 59 de la ley N.° 18.591, la expresión "31 de diciembre de 1989", por "31 de diciembre de 1991".