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Artículo 51 de la Ley 18.899

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30271 / 8740454.

Texto oficial

Artículo 51.- Increméntase un US$ 400.000 miles la cantidad autorizada en el inciso segundo del artículo 4.°, de la ley N.° 18.764.