Texto oficial
Artículo 199.- Si, a causa de las conductas delictivas
descritas en los artículos 190 a 198, se causaren daños a
la aeronave, cosas transportadas u otros bienes, la pena
privativa de libertad se aumentará en un grado.
Aprueba código aeronautico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30287 / 8639359.