Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 18.917 · Ley num. 18.917 dicta normas sobre el aerodromo de la base aeronaval de viña del mar

Ley num. 18.917 dicta normas sobre el aerodromo de la base aeronaval de viña del mar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30288 / 6861013.

Texto oficial

Artículo 2°.- La administración de los Servicios de Navegación Aérea del Aeródromo situado en la Base Aeronaval, corresponderá a la Dirección General de Aeronáutica Civil.