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Artículo 11 de la Ley 18.935 · Dicta normas sobre propiedad industrial

Dicta normas sobre propiedad industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30305 / 8286672.

Texto oficial

Artículo 11°.- El Jefe del Departamento dispondrá de un plazo de 30 días para dictar sentencia, contado desde la resolución que deja la causa en estado de fallo. La sentencia deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil.