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Artículo 3 de la Ley 18.953 · Dicta normas sobre movilizacion

Dicta normas sobre movilizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30323 / 8639504.

Texto oficial

Artículo 3°.- Los Directores de los diferentes campos de acción, tendrán la responsabilidad del cumplimiento de las etapas de la movilización en sus respectivas áreas. En el desempeño de este cometido serán coordinados por el Ministro de Defensa Nacional, a través de sus órganos de trabajo, Estado Mayor de la Defensa Nacional y Dirección General de Movilización Nacional.