Texto oficial
Artículo 4°.- La preparación de la movilización se
realiza en estado de normalidad constitucional mediante la
planificación y alistamiento de los potenciales humano,
material e industrial.
La planificación incluye la elaboración y la
actualización permanente de los documentos y planes de la
movilización, función que le corresponde desarrollar al
Estado Mayor de la Defensa Nacional.
El alistamiento de dichos potenciales comprende la
realización de medidas preparatorias de movilización,
actividad cuyo cumplimiento corresponde a la Dirección
General de Movilización Nacional.
Las medidas preparatorias estarán de acuerdo con las
exigencias de la seguridad exterior.