Texto oficial
Artículo 84 (88).- Los fondos para hospitales de
Carabineros y de la Dirección de Previsión de Carabineros
se regirán por las normas legales que los crearon.
Ley orgánica constitucional de carabineros
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30329 / 8639638.