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Artículo 7 de la Ley 18.970

Modifica ley orgánica constitucional del banco central de chile y otras disposiciones referidas al mismo banco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30338 / 8691717.

Texto oficial

Artículo 7°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 18.480: a) Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 2° la expresión "Banco Central de Chile" por "Servicio Nacional de Aduanas". b) Suprímese en el artículo 4° bis las expresiones "y el Banco Central de Chile".