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Artículo 19 de la Ley 19.042 · Crea instituto nacional de la juventud

Crea instituto nacional de la juventud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30409 / 8453818.

Texto oficial

Artículo 19.- Suprímense, en la planta del Ministerio Secretaría General de Gobierno, los siguientes cargos: ____________________________________________________ Cargo Grado Número de Cargos Jefe de Departamento 4 1 Jefe de Departamento 5 1 Jefe de Departamento 9 1 Directivo 12 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 13 1 Directivo 14 1 Directivo 15 1 Administrativo 20 1 Administrativo 20 1 Administrativo 21 1 Administrativo 21 1 Administrativo 21 1 Auxiliar 25 1 Auxiliar 26 1 ____ Total cargos planta de personal 21 Por decreto supremo, se determinará cuáles de los cargos que se suprimen se encontraban vacantes a la fecha de publicación de esta ley y cuáles estaban provistos, y la individualización de los funcionarios que los servían. Las personas que estuvieren ocupando los cargos que se suprimen y que no sean designadas en la planta del Servicio, tendrán derecho al beneficio que otorga el artículo 148 de la Ley N° 18.834.