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Artículo 14 de la Ley 19.067

Establece normas permanentes sobre entrada de tropas extranjeras en el territorio de la república y salida de tropas nacionales del mismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30434 / 9024244.

Texto oficial

Artículo 14.- Cuando la salida de tropas nacionales del territorio de la República para participar en operaciones de paz en los términos descritos en el artículo 7° de esta ley, se haga bajo la modalidad de expertos u observadores, la autorización de la misma se ajustará a los procedimientos del artículo 5°.