Texto oficial
Artículo 5°.- Intercálase, en el N° 3° del inciso cuarto del artículo 62 de la Constitución Política de la República, entre la palabra "autónomas" y la frase "o de las municipalidades", la expresión, "de los gobiernos regionales".
Modifica la constitución política de la república en materia de gobiernos regionales y administración comunal
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