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Artículo 3 de la Ley 19.122 · Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30489 / 8218225.

Texto oficial

Artículo 3°.- Fíjase para el tribunal que se crea en el artículo 1° de esta ley, la siguiente planta de personal, con los correspondientes grados en la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Poder Judicial: - Un juez, grado VI; - Un secretario, grado VIII; - Un asistente social, grado XI; - Un oficial primero, grado XIII; - Un oficial segundo, grado XIV; - Una inspectora de niñas, grado XV; - Dos oficiales terceros, grado XV, y - Un oficial de sala. grado XXI.