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Artículo PRIMERA transitorio de la Ley 19.130 · Modifica ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades

Modifica ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30497 / 8232318.

Texto oficial

PRIMERA.- La primera elección de concejales a que dé lugar lo dispuesto en el Título V de esta ley, se llevará a efecto el domingo 28 de junio de 1992. La inscripción en los registros electorales se suspenderá después del quinto día hábil posterior a la publicación de la presente ley.