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Artículo 23 de la Ley 19.132 · Crea empresa television nacional de chile

Crea empresa television nacional de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30499 / 8748225.

Texto oficial

Artículo 23.- Al término de la empresa, su patrimonio pasará al Fisco de Chile, con beneficio de inventario.