Texto oficial
Artículo 24.- Televisión Nacional de Chile, en sus
actividades financieras, estará sujeta a las mismas normas
financieras y tributarias que rigen para las sociedades
anónimas abiertas y sus balances y estados de situación
deberán ser auditadas por firmas auditoras externas de
reconocido prestigio. No se aplicarán a la Corporación las
normas de régimen y administración económica que rigen a
las empresas del Estado, salvo las excepciones que consagran
las normas siguientes.