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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.132 · Crea empresa television nacional de chile

Crea empresa television nacional de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30499 · idParte: 8748246

Texto oficial

Artículo 3°.- El actual Director General y demás ejecutivos de la empresa continuarán desempeñando sus funciones en calidad de interinos hasta tanto no se proceda, por el Directorio, a su confirmación o se designe a sus respectivos reemplazantes. Los ejecutivos que no sean confirmados en sus cargos por el Directorio y que tengan la calidad de trabajadores de la empresa, tendrán derecho al desahucio y a las indemnizaciones que establece el Código del Trabajo.